Papeleo necesario en las bodas I


Dependiendo del tipo de boda elegida se necesita presentar una serie de papeles, pero hay que tener en cuenta que muchos de ellos no pueden tener una antigüedad superior a los 3 meses en el momento en que se presenten.

Matrimonio religioso: es el reconocido por la iglesia como sacramento y como unión legal por el registro civil.

Matrimonio civil: legal únicamente en el registro civil.


MATRIMONIO RELIGIOSO:

Si se ha optado por una boda religiosa hay que presentar y entregar aproximadamente 3 meses antes del enlace los siguientes documentos:

1.      Fotocopia del DNI o pasaporte. Documento original y copia para cotejar.

2.     Fotocopia del libro de familia en la página en la que aparece el contrayente.

3.     Partida de nacimiento, se consigue en el registro civil de tu localidad, debe tener una antigüedad inferior a 3 meses en el momento de su presentación.

4.     Partida de bautismo, solicitada con no más de 3 meses en la iglesia donde se bautizaron los contrayentes.

5.     Certificado del curso prematrimonial, estos cursos son obligatorios, pueden ser en la parroquia que les pertenezca a los contrayentes, pero si por temas de horarios no pueden ir a ésa, pueden realizarse en otra. También hay intensivos de fin de semana.

6.     Certificado de fe de vida o de soltería, es expedido por el párroco de la localidad del contrayente. En caso que el párroco no conozca personalmente al contrayente, este certificado puede ser sustituido por una declaración jurada del contrayente.

7.     Las dispensas, solo si uno de los novios no es católico o no está bautizado.

8.     Atestado de libertad o certificado de amonestaciones, obligatorio en caso que la boda sea en lugar distinto a donde se tramita el expediente.
Las amonestaciones son un trámite donde el sacerdote hace preguntas juntos y por separado a los contrayentes para conocer sus intenciones, la preparación ante el sacramento del matrimonio y verificar que no existe impedimento para celebrar la boda. Tras la confirmación de los buenos propósitos, se instalará un aviso en la puerta de la Iglesia que anunciará la futura unión matrimonial.

9.     La toma de dichos, los novios deben presentar dos testigos, mayores de edad y que no sean familiares, los cuales deben presentar su DNI, para asegurar que los contrayentes se casan libremente.

(Más información en el arzobispado de vuestra localidad)

Una vez que se haya contraído matrimonio, se irá al Registro Civil y se entregará el comunicado de matrimonio canónico contraído y se recibirá el libro de familia. 

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